Código de Ética
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
COORDINACIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
CAMPUS MORELOS
CÓDIGO DE ÉTICA
En alineación al Código de Ética de la Universidad Nacional Autónoma de México, que establece principios y valores que deben guiar la conducta de los universitarios, así como de quienes realizan alguna actividad en la Universidad, la Coordinación de Servicios Administrativos del Campus Morelos UNAM, plasma en el presente manifiesto los principios rectores de nuestro Código.
CONVIVENCIA PACÍFICA
En nuestra comunidad por la simple razón de convivir y cohabitar el mismo espacio, deberá prevalecer el respeto, la tolerancia y el entendimiento como valores necesarios en nuestra convivencia cotidiana, buscando en todo momento una interacción personal para el logro de los fines para los que realizamos nuestra actividad diaria.
IGUALDAD
Todos los que pertenecemos a esta comunidad tenemos los mismos derechos y obligaciones, sin distinción de su origen nacional o étnico, sus opiniones, género, orientación o preferencia sexual, religión, edad, estado civil, condición social, laboral o de salud, discapacidades o cualquier otro motivo que atente contra la dignidad humana.
LIBERTAD DE PENSAMIENTO Y EXPRESIÓN
Será un principio de respeto entre nuestra comunidad, un derecho fundamental que conforma la libertad de expresión, además de la libertad de pensamiento como principios fundamentales protegidos y garantizados por la Universidad.
RESPETO Y TOLERANCIA
Serán dos grandes valores que permearán en nuestra convivencia cotidiana, por lo que habremos de aceptar y convivir con actitudes, opiniones, ideas de todos quienes interactuamos e inclusive sin ser opiniones coincidentes.
CUIDADO, USO HONESTO Y RESPONSABLE DEL PATRIMONIO UNIVERSITARIO
Como depositarios del patrimonio de nuestra Universidad y de la Nación, seremos garantes en el cuidado, conservación y mantenimiento de los bienes patrimoniales, cuidando en todo momento el compromiso, la responsabilidad de lo que a nuestra responsabilidad directa corresponde.
TRANSPARENCIA EN EL USO DE LA INFORMACIÓN Y DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DE LA UNIVERSIDAD
“Toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados en el ámbito federal, a que se refiere la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y esta Ley, es pública, accesible a cualquier persona y sólo podrá ser clasificada excepcionalmente como reservada de forma temporal por razones de interés público y seguridad nacional o bien, como confidencial. Los particulares tendrán acceso a la misma en los términos que estas leyes señalan”.
“El derecho humano de acceso a la información comprende solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información”.
Los miembros de la comunidad universitaria que tengan responsabilidades institucionales o académicas en el manejo y administración de bienes, información o recursos de la Universidad deben actuar de manera transparente y observar el principio de máxima publicidad. La reserva o confidencialidad de una información específica sólo procede en los supuestos contemplados por la Constitución General y las leyes federales aplicables, cuando se trate del manejo y uso de datos personales y, dada la naturaleza de las investigaciones realizadas mediante convenio, cuando la Universidad así lo haya acordado.
PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN PERSONAL
La Coordinación de Servicios Administrativos de la UNAM Campus Morelos, se sujetará irrestrictamente a lo señalado en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuidando y protegiendo la privacidad de la información personal de su comunidad académica-administrativa.
Ciudad de Cuernavaca, Morelos, abril de 2019